Conciliación extrajudicial · Lince, Lima

Conciliación de división de bienes y separación de patrimonios

Reparte bienes comunes o separa patrimonios de forma ordenada y con acuerdo —quién recibe qué, plazos y compensaciones— con respaldo legal y sin un largo juicio de partición.

  • Autorizado por el MINJUS · R.D. 298-2026-JUS
  • Acta con el mismo valor que una sentencia
  • Consulta inicial gratuita y sin compromiso

¿Se puede dividir bienes por conciliación?

Sí. Cuando varias personas comparten bienes (por copropiedad, disolución de una sociedad de hecho u otros supuestos sobre derechos disponibles), pueden acordar cómo dividirlos en conciliación, con la guía de un conciliador imparcial. El acuerdo se registra en un acta.

El acta de conciliación tiene el mismo valor que una sentencia en lo acordado, lo que da certeza al reparto y permite exigir su cumplimiento si alguna parte no lo respeta.

Qué puedes acordar

  • Qué bien recibe cada parte
  • Compensaciones económicas por diferencias de valor
  • Plazos y forma de entrega o adjudicación
  • La venta y el reparto del precio, si conviene
  • La separación clara de los patrimonios

Información orientativa y de carácter general. El alcance exacto depende de la materia y de cada caso particular; lo revisamos contigo en la consulta inicial.

Requisitos y documentos para conciliar

  • Copia del DNI de ambas partes
  • Documentos de propiedad de los bienes: partidas registrales, tarjetas de propiedad, contratos
  • Partida de matrimonio o documento de la unión de hecho, si aplica
  • Relación de bienes y deudas comunes
  • Propuesta de reparto para conversar en la audiencia

¿Qué pasa si la otra parte no asiste?

Si la persona invitada no acude, el procedimiento no se frustra: el centro deja constancia de la inasistencia y, por regla general, se convoca a una segunda sesión. Si la parte invitada tampoco asiste a esa segunda sesión —o si ambas partes faltan a una sesión—, el conciliador emite el acta que da por concluido el procedimiento por inasistencia.

Esa acta tiene valor práctico: en las materias donde la ley exige conciliar antes de demandar, es el documento que el juzgado te pedirá para admitir la demanda. Además, la Ley de Conciliación prevé consecuencias para quien no asiste sin justificación: en el proceso judicial posterior se aplica una presunción relativa de verdad sobre los hechos expuestos en la solicitud y el juez puede imponer una multa. Por eso, la mayoría de las personas invitadas prefiere asistir y buscar un acuerdo.

Por qué conciliar

Por qué conciliar la división de bienes

Reparto ordenado

Un acuerdo claro evita años de conflicto por los bienes comunes.

Acuerdo exigible

El acta da certeza legal a lo repartido y puede ejecutarse.

Menos desgaste

El diálogo cuida las relaciones —familiares o de socios— que un juicio suele romper.

Base legal de la conciliación en el Perú

La conciliación extrajudicial está regulada por la Ley N.º 26872, Ley de Conciliación, modificada por el Decreto Legislativo N.º 1070, y por su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N.º 014-2008-JUS. La Ley N.º 29876 precisó que en materia de familia (alimentos, tenencia y régimen de visitas) la conciliación previa es facultativa. Los centros de conciliación funcionan con autorización del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUS), que también acredita a los conciliadores; el acta con acuerdo constituye título de ejecución y, en lo acordado, tiene el mismo valor que una sentencia.

Información orientativa y de carácter general; la aplicación concreta depende de cada caso.

Preguntas frecuentes

Dudas sobre división de bienes

Los bienes sobre derechos disponibles en copropiedad o comunidad. En temas de familia, algunos aspectos requieren la vía judicial; lo revisamos en la consulta.

Sí, para repartir bienes de una sociedad de hecho o negocio compartido, siempre que se trate de derechos disponibles.

El acta tiene valor de sentencia: su cumplimiento puede exigirse en la vía de ejecución.

Sí. Pueden acordar vender el bien y repartir el precio en la proporción que decidan.

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