Conciliación extrajudicial · Lince, Lima

Conciliación por incumplimiento de contrato en Lima

Cuando la otra parte no cumple lo pactado, la conciliación permite acordar el cumplimiento, la resolución o una compensación — rápido y con respaldo legal, sin un largo juicio comercial.

  • Autorizado por el MINJUS · R.D. 298-2026-JUS
  • Acta con el mismo valor que una sentencia
  • Consulta inicial gratuita y sin compromiso

¿Se puede conciliar el incumplimiento de un contrato?

Sí. Cuando una de las partes no cumple sus obligaciones (entregar un bien, prestar un servicio, pagar), la otra puede pedir una conciliación para acordar una salida, con la guía de un conciliador imparcial. El acuerdo se registra en un acta de conciliación.

El acta tiene el mismo valor que una sentencia judicial: si lo acordado no se cumple, su ejecución puede exigirse directamente, sin volver a probar el contrato en un juicio.

Qué puedes acordar

  • El cumplimiento de la obligación pendiente
  • Un nuevo cronograma o forma de cumplimiento
  • La resolución del contrato y sus efectos
  • La devolución de adelantos o bienes
  • Una indemnización por los daños causados

Información orientativa y de carácter general. El alcance exacto depende de la materia y de cada caso particular; lo revisamos contigo en la consulta inicial.

Requisitos y documentos para conciliar

  • Copia del DNI de quien solicita (o vigencia de poder si es una empresa)
  • El contrato o acuerdo incumplido, con sus anexos
  • Pruebas del incumplimiento: correos, cartas, recibos, fotografías
  • Cuantificación del perjuicio y propuesta de solución
  • Nombre completo y dirección de la otra parte

¿Qué pasa si la otra parte no asiste?

Si la persona invitada no acude, el procedimiento no se frustra: el centro deja constancia de la inasistencia y, por regla general, se convoca a una segunda sesión. Si la parte invitada tampoco asiste a esa segunda sesión —o si ambas partes faltan a una sesión—, el conciliador emite el acta que da por concluido el procedimiento por inasistencia.

Esa acta tiene valor práctico: en las materias donde la ley exige conciliar antes de demandar, es el documento que el juzgado te pedirá para admitir la demanda. Además, la Ley de Conciliación prevé consecuencias para quien no asiste sin justificación: en el proceso judicial posterior se aplica una presunción relativa de verdad sobre los hechos expuestos en la solicitud y el juez puede imponer una multa. Por eso, la mayoría de las personas invitadas prefiere asistir y buscar un acuerdo.

Por qué conciliar

Por qué conciliar un incumplimiento

Más rápido

Una solución en semanas, frente a los años de un proceso judicial comercial.

Acuerdo exigible

El acta es título ejecutivo: lo pactado se puede exigir con respaldo legal.

Cuida el negocio

El diálogo permite conservar la relación comercial cuando ambas partes quieren seguir.

Base legal de la conciliación en el Perú

La conciliación extrajudicial está regulada por la Ley N.º 26872, Ley de Conciliación, modificada por el Decreto Legislativo N.º 1070, y por su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N.º 014-2008-JUS. La Ley N.º 29876 precisó que en materia de familia (alimentos, tenencia y régimen de visitas) la conciliación previa es facultativa. Los centros de conciliación funcionan con autorización del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUS), que también acredita a los conciliadores; el acta con acuerdo constituye título de ejecución y, en lo acordado, tiene el mismo valor que una sentencia.

Información orientativa y de carácter general; la aplicación concreta depende de cada caso.

Preguntas frecuentes

Dudas sobre incumplimiento de contrato

Sirve para conflictos sobre derechos disponibles: compraventa, servicios, obra, arrendamiento, distribución, entre otros. Lo revisamos en la consulta inicial.

El acta tiene mérito de ejecución. Ante el incumplimiento, se exige su cumplimiento en la vía de ejecución sin reiniciar el caso.

Sí, la compensación por los daños puede formar parte del acuerdo si ambas partes lo aceptan.

Ayuda, pero no es imprescindible: lo esencial es que ambas partes reconozcan la relación y acuerden la solución en la audiencia.

Da el primer paso hoy

Cuéntanos tu caso y recibe orientación gratuita sobre los siguientes pasos. Sin compromiso.

Otras materias

También te podemos ayudar con